LÍNEAS INVISIBLES

Todas las grandes áreas urbanas tienen algo en común, independientemente de su extensión y grado de desarrollo. Una característica decisiva pero que a menudo no es tenida en cuenta a la hora de considerar la dimensión metropolitana. Me refiero a la superación física de los límites primigenios, territoriales y –sobre todo- administrativos.

En efecto, las conurbaciones del siglo XXI son el resultado de la fusión de muchos núcleos originalmente independientes, muchos de los cuales todavía mantienen su configuración administrativa original. Se podría afirmar que la ciudad ha crecido de manera desacompasada con respecto a los límites de su término municipal (a su distrito o equivalente administrativo), o, con otras palabras, que estas líneas invisibles –la mayoría fijadas hace más de cien años– no han sabido adaptarse a la nueva realidad urbana.

Preguntémonos por un momento por los límites municipales de la ciudad en la que vivimos. Es posible, incluso, que no sepamos exactamente dónde están, a excepción de algún cartel informativo puntual a la entrada de la ciudad, tal vez referido a la tarifa del taxi… Seguramente tengamos que acudir a un documento urbanístico –en Navarra, por ejemplo, disponibles en el SIUN– para conocer hasta dónde llega realmente nuestro municipio (si bien también Google Maps ha incluido recientemente una delimitación aproximada en su versión no satelital).

A la vista de este desfase físico-territorial, surge la cuestión obligada por la vigencia de los motivos que llevaron a la compleja fijación de estas líneas de término. Caminos, fincas y acequias, así como cursos fluviales, cordales o divisorias, sirvieron en un primer momento para delimitar el alcance de los derechos de los pobladores de un lugar. Surgieron así parroquias, partidos, concejos y municipios (estos últimos a menudo fruto de la agrupación de los anteriores), en función de las competencias eclesiásticas, judiciales o administrativas.

Tras una serie de reformas a comienzos del siglo XIX, el mapa municipal español quedó fijado en 1845, al entrar en vigor la ley de ayuntamientos que suprimía los términos de menos de 30 vecinos. El Estatuto Municipal de 1924 otorgó fuertes competencias al régimen local, dificultando a la postre las anexiones municipales que se habían dado en las grandes ciudades, fruto del crecimiento acelerado de las capitales de provincia. La última gran operación de anexión la protagonizó Madrid entre 1948 y 1954, al apropiarse de trece municipios limítrofes.

Hoy en día, inmersos en un planeamiento y ordenación de carácter territorial, y con muchas voces reclamando el rediseño administrativo de la gestión local (véase la fusión de municipios aconsejada por el Consejo de Europa), el debate sobre los obsoletos límites municipales vuelve a estar sobre la mesa. Sin embargo, y en contra de lo que pudiera apuntar el sentido común, la tarea no se antoja nada fácil, sobre todo en los núcleos contiguos a las grandes ciudades. La autonomía política, los derechos adquiridos (competencias sobre el urbanismo) y el sentimiento de lo local se alzan contra estas iniciativas impuestas desde arriba.

Actualización versus coordinación, he ahí la cuestión.

Juan Ramón Selva Royo

Valencia supramunicipal 2008
Valencia metropolitana. Superposición de términos municipales (líneas amarillas) sobre ortofoto de 2008. Elaboración propia sobre imágenes del Instituto Cartográfico Valenciano.

PGOU Pamplona Clasificación 2007
Comarca de Pamplona. Plano de Clasificación y Usos de suelo del Ayuntamiento de Pamplona (en color), de 2007. En blanco y negro, otros municipios. Fuente: Gerencia de Urbanismo.

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