En las últimas décadas, los estudios en torno al concepto de paisaje se han visto enriquecidos gracias a un adecuado enfoque multidisciplinar. La inicial componente ambiental y ecológica se ha ido complementando con las dimensiones perceptivas y culturales que aporta el ser humano, toda vez que éste se ha integrado como elemento diferenciador e indisociable del paisaje. De esta forma, el paisaje como lugar ha evolucionado desde posicionamientos descriptivos o tipológicos de la naturaleza (sierras, valles, sistemas…) hacia una comprensión relacional y abierta (paisaje cultural o urbano, noción de identidad…). Se trata de un desarrollo que refleja en cierto modo el paso de una sociedad taxonómica, con pretensiones de objetividad, a una modernidad líquida, plural en cuanto abierta a los infinitos individuos.
El paisaje como herramienta, en cambio, está sujeto de por sí a patrones metodológicos mucho más estáticos. La conveniencia de su integración en los sistemas de planificación territorial, potenciada en España desde la ratificación del Convenio Europeo del Paisaje en 2007 (en vigor desde el 1 de marzo de 2008), ha alumbrado interesantes experiencias por parte de las comunidades autónomas –administraciones competentes para la ordenación del territorio–, pero siempre en función de los respectivos marcos legales.[1]
Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Donostia-San Sebastián. Álvaro Mendicute Irurzun, marzo de 2018.
A modo de ejemplo, en Cataluña las distintas comarcas paisajísticas se establecieron con carácter previo al ámbito de los subsiguientes planes territoriales parciales, mientras que en la Comunidad Valenciana se acometió un ambicioso plan de acción territorial (PATIVP) que caracterizó y valoró el paisaje a escala regional. En Navarra, los cinco Planes de Ordenación Territorial (POT) apuntaron a la necesidad de un plan de paisaje, entonces inexistente y actualmente en fase de avance bajo la forma de una Estrategia Navarra de Paisaje. Por su parte, el País Vasco, con una fuerte tradición de planeamiento territorial –tanto parcial como sectorial–, impulsó la elaboración de los Catálogos y Determinaciones de Paisaje en sus distintas áreas funcionales.
Esta reciente (y encomiable) incorporación del paisaje al sistema de ordenación plantea una doble cuestión sobre procesos urbanos y morfologías naturales. Por un lado, el marco administrativo en el que se encuadran los instrumentos urbanísticos exige una seguridad y definición jurídica que casa mal con los planteamientos fenomenológicos y perceptivos del paisaje entendido como lugar, muchas veces de difícil caracterización. Por otra parte, las competencias autonómicas y, en menor medida, las realidades administrativas locales (municipios, comarcas, áreas metropolitanas…), si bien aportan una componente identitaria innegable –que muchas veces tiene incluso su reflejo en el paisaje físico– imponen de manera incuestionada el ámbito y delimitación última del paisaje.
Así, no resulta difícil reparar en los numerosos desajustes que se dan, especialmente en situaciones de frontera, entre las unidades paisajísticas descritas y las delimitaciones administrativas competentes. La cuenca hidrográfica del Urumea (repartida en superficie a partes iguales entre Guipúzcoa y Navarra), los enclaves territoriales (condado de Treviño, Petilla de Aragón) o la no correspondencia estricta entre divisoria de aguas y marca hispano-francesa en el Pirineo, son un claro ejemplo de ello. ¿Hasta qué punto el constructo histórico-administrativo, propio de la dimensión temporal humana, ha de estar por encima de la realidad físico-natural? ¿Cómo conjugar los elementos definitorios del paisaje como lugar con las exigencias metodológicas del paisaje como herramienta?
El quinto enunciado de Urbanismo II pretendía este año contribuir a las reflexiones previas mediante la estricta caracterización de ámbitos territoriales existentes, bien fueran paisajísticos, de planeamiento o incluso de gestión local. Evidenciar la continuidad de la componente territorial permite detectar el carácter más o menos artificial de lo puramente administrativo. De esta forma, se apunta también la conveniencia de la integración de las competencias –locales, autonómicas e incluso nacionales– en la ordenación del territorio, con el fin de gestionar con mayor racionalidad a las dinámicas metropolitanas.
Los alumnos han recibido, junto con los conceptos básicos en el software libre QGIS, una plantilla de estilos para uniformizar la representación gráfica de los trabajos. A su vez, la elección del lugar se ha dejado en sus manos, con la única condición de tener que identificar un ámbito supramunicipal. El resultado es un atractivo mosaico de casos de superposición lugar / herramienta, en los que –junto con numerosas contradicciones– se descubre también una percepción del territorio mediada por la propia metodología. En definitiva, un nuevo paisaje que cuestiona la pertinencia de la recurrente pretensión humana de cuantificar la realidad.
Juan Ramón Selva Royo
[1] García García, M. & Borobio Sanchiz, M. (2012). “El paisaje como medio para la planificación territorial: Landscape is a medium for regional planning”. En: Ciudades: Revista del Instituto Universitario de Urbanística de la Universidad de Valladolid (15), pp. 115–132.
Ámbito del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) promovido por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Ainhoa Ayerra Urteaga, marzo de 2018.
Área Metropolitana de Barcelona, ente administrativo impulsor del Plan Director Urbanístico (PDU), actualmente en fase de redacción. Clara Doyhambehere, marzo de 2018.